Por: Carlos Moratorio (*)
La fecha del 2 de abril nos acerca cada año a la nostalgia por Malvinas, a la convicción sobre la legitimidad de su causa y al recuerdo de una derrota militar que marcó, hace casi cuatro décadas, un punto de inflexión en la vida institucional argentina y la pérdida de cientos de jóvenes caídos en combate.
Las Malvinas se encuentran bajo el poder efectivo de Gran Bretaña desde 1833, poder que se ha visto reforzado desde el triunfo militar inglés en la guerra de 1982. Sin embargo, y por diversas razones, el objetivo de lograr que estas islas vuelvan a la soberanía argentina, es posible y no tan lejano en el tiempo, siempre y cuando sepamos proceder inteligentemente.
Lo primero que debemos tener en cuenta, es el consenso argentino en el tema, que la propia Convención Constituyente de 1994, estableció como una verdadera política de Estado.
En aquella Convención Reformadora, toda la dirigencia política, decidió aprobar por unanimidad, la Disposición Transitoria Primera de la actual Constitución Argentina, que establece:
“La Nación Argentina ratifica su legitima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.”
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.” Este artículo, propuesto por el entonces Presidente de la Convención Constituyente, Eduardo Menem, estableció una sólida “hoja de ruta”, de la que no habría que apartarse.
La fórmula está bien clara. La causa de Malvinas es irrenunciable y es un objetivo perpetuo. El Artículo, sin embargo, establece dos condiciones. En primer término, el respeto al modo de vida de sus habitantes. Se trata de unos pocos miles de personas, algunas de cuyas familias llevan más de un siglo habitando ese inhóspito rincón Atlántico; ciudadanos de segunda, “Kelpers” del Reino Unido durante mucho tiempo y merecedores de súbitas ventajas de la Metrópoli, luego del enfrentamiento del año 1982. La segunda condición parece aún más obvia, porque insiste en acatar los principios del derecho internacional. Vale la pena recordar, que de acuerdo a la Resolución de Naciones Unidas 2065, del año 1965, el litigio se halla aún en la agenda del Comité de descolonización de dicha organización. La comunidad internacional, formalmente, nunca ha oficializado el reconocimiento a la soberanía británica sobre las Islas.
La situación global, además, varía año tras año. La consumación del dichoso BREXIT, que alejó al Reino Unido del seno de la Unión Europea, le quita un gran apoyo internacional, en lo que respecta a la situación de sus territorios de ultramar. Ello agrega un ingrediente muy positivo para las pretensiones de nuestro país. Con mucho dolor aún recordamos la posición pro británica de Italia y España, durante el conflicto de 1982, cuando priorizaron su asociación europea, en desmedro de los antiguos vínculos que nos unían. Ahora las cosas pueden cambiar; vaya como ejemplo, el reciente pedido de autorización que realizó Alemania al Gobierno argentino para habilitar un vuelo a Malvinas, por parte de su línea de bandera. Este trámite, antes del BREXIT, hubiera sido inimaginable.
Volvamos al nudo del asunto. La Constitución Nacional nos indica el camino para recuperar efectivamente la soberanía sobre las Malvinas. Está clarísimo el procedimiento y nos indica que debemos respetar el modo de vida de sus habitantes. No hay nada más práctico para ello, que recurrir al espíritu mismo de nuestra Constitución Nacional. Ello implicaría aplicar su glosario liberal, el respeto a la propiedad, a las libertades cívicas, a los derechos adquiridos, etc. En resumen, todo aquello que de una u otra manera, hemos dejado de observar fielmente en la propia Argentina.
La solución es simple y clara. Las Malvinas volverán a ser efectivamente argentinas cuando respetemos la Constitución Nacional, en su letra y espíritu y por ende, podamos ofrecer a los otros, lo que nunca debimos dejar de aplicar a nuestros conciudadanos.
El camino es posible.
(*)Carlos Moratorio
Abogado
Director Club de la Libertad