La Provincia de Corrientes ¿Respeta la ley?

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Por Edgardo Sawula.

Ante el Decreto de Necesidad y Urgencia (N° 642/2020) presidencial que prohíbe las reuniones sociales y familiares por quince días, en todo el país, por el avance del COVID 19, el Gobernador de la Provincia de Corrientes decidió no acatar tal Normativa.

En el caso, interesa rescatar que, en la narrativa historiográfica, la Provincia de Corrientes marca su diferencia ante las imposiciones del Gobierno Central, sesgo histórico y paradigmático, haciendo valer su “autonomía” frente a pretensiones hegemónicas.

Las últimas medidas sanitarias adoptadas por el Gobernador Valdez han sido acertadas,  tal es así que ha sido un “oasis” sanitario en todo el país, sobre todo teniendo presente la alta circulación viral que existe en la vecina Provincia del Chaco.

El Gobernador, tomó decisiones de manera temprana y oportuna, lo que le permitió controlar la circulación del virus, esto llevó a liberar rápidamente el riguroso aislamiento, pasando a una fase de distanciamiento.

Se ha apelado a los correntinos a la responsabilidad que significa el ejercicio de la libertad. Así, se ha reanudado la actividad comercial, la administración pública, el servicio de justicia, actividades profesionales y otros rubros comerciales, cumpliendo, para ello, de manera estricta, con los protocolos preventivos de higiene.

Esta apertura significó que la actividad económica tome vigor dentro de un marco de una gran recesión económica nacional.

Con todo esto, aún, la cuestión sanitaria siguió perfectamente controlada. Cabe mencionar que se han previsto y se ha invertido en salud, todo lo necesario para una contingencia de contagio masivo. Corrientes está preparada.

El no acatamiento del D.N.U. presidencial no es un capricho, es una decisión adoptada de manera “razonable” pues, no hay motivos para tal cosa como un aislamiento riguroso.

Hay que decir, si bien el artículo 14 de la Constitución Nacional al establecer que “ todos los habitantes de La Nación  gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio”  está diciendo que los derechos no son absolutos y que su contenido y alcance debe ser establecido por el Poder Legislativo, y no por D.N.U.

Pero, por suerte, el artículo 28 de la Carta Magna establece “los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio

Es claro, y se ha tomado conciencia que pasada varias semanas de confinamiento, de la condición o naturaleza humana, sujeto incoercible que no admite límites, sobre todo ante sus necesidades vitales, con efectos directos en sus bolsillos, vínculos de afectos, y otros aspectos de la propia salud.

Esto nos conduce a pensar que un aislamiento libre, en donde cada individuo tome conciencia de que es elemental el cuidado para no dañar a otro, es posible.

Además, la clara conciencia de re iniciar el movimiento económico y desarrollar la naturaleza de sujetos sociables.

 

En Corrientes hemos tomado conciencia, y ya más de dos meses, vivimos sin imposiciones ni excesos del poder que limiten nuestros derechos y garantías constitucionales, es nuestro problema doméstico, y de acuerdo a nuestro sistema Federal, es Corrientes quien decide en materia sanitaria.

Pretender confinar a los correntinos no será tarea fácil, siempre nos opusimos a todo exceso de autoritarismo del Presidente, y no se trata de ser “anticuarentenas” o desconocer la pandemia, sino de tener en claro de que somos sujetos de derechos, y que existe una Constitución Nacional que nos ampara.

Concluyo este breve análisis, respondiendo a la pregunta liminar que titula este artículo, y sin hesitación alguna, Corrientes respeta la Ley, pues respeta las declaraciones, derechos y garantías establecidas en nuestra Constitución Nacional y ejerce el Federalismo.

 

José Edgardo Carballo Sawula
Director de la Fundación Club de la Libertad

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