Un absurdo proyecto de legalización del aborto en el Senado nacional

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Por Ricardo G. Leconte y Ricardo G. “Caito” Leconte (*)

A través de la historia nuestra civilización más avanzada elaboró la defensa de los derechos humanos, como forma de proteger la vida digna y la convivencia pacífica entre seres humanos. Igualmente las religiones defienden la vida como un derecho fundamental, afín con su contenido religioso más sólido.

Nuestro régimen institucional vigente, fruto del esfuerzo sacrificado y lúcido de muchos, en cuyo desarrollo Corrientes tuvo un protagonismo heroico y ejemplar, defiende y consolida esos derechos fundamentales. La ley 23.054 del año 1984, durante la Presidencia del Dr. Raúl Alfonsín,  aprobó la COVENCIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS también conocida como PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA, que establece la protección de la vida desde la concepción (art. 4°). La ley 23.849 del año 1990, durante la presidencia del Dr. Carlos Menem,  aprobó la COVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO con idéntica protección.

En la reforma de la Constitución Nacional de 1994, fruto del acuerdo político de los doctores Alfonsín y Menem, con fuerte respaldo mayoritario, se incorporaron como texto constitucional seis tratados internacionales vigentes, entre ellos el PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA y la  COVENCIÓN SOBRE LOS DDERECHOS DEL NIÑO. Sus disposiciones tienen un valor superior y ninguna ley, decreto o norma alguna puede contradecir  sus disposiciones que son la columna fundamental de nuestro sistema jurídico.

Según la ciencia la vida humana comienza con la concepción

La ciencia moderna ha confirmado que la vida de un ser humano  comienza desde la concepción. Desde ese instante es un ser  nuevo, distinto e irrepetible, un ser humano con derecho a vivir. El expresidente de izquierda del Uruguay Dr. Tabaré Vasquez, médico de prestigio y líder del Frente Amplio,- recientemente fallecido-, cuando el parlamento voto la legalización del aborto, el Presidente vetó la ley. Fundamentó su decisión con estas palabras: ”La legislación no puede desconocer  la realidad de las existencia de la vida humana en su etapa de gestación, tal como de manera evidente lo afirma la ciencia.” Esta interpretación la han confirmado las Academias Nacionales de Medicina, Derecho y Ciencias Morales y Periodismo de nuestro país,  en coincidentes y reiterados pronunciamientos. No puede haber dudas sobre ello.

Decisión en el senado nacional

Actualmente el Senado de la Nación, en pocas horas, tratará un nuevo proyecto de legalización del aborto, que aprobara el 11/12/20 la Cámara de Diputados de la Nación. Su contenido es mucho más grave que el proyecto que el Congreso Nacional rechazara en el año 2018.

En el art. 14 sustituye el artículo 87 del Código Penal por el siguiente: “No es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14) inclusive del proceso gestacional. Fuera del plazo establecido en el párrafo anterior no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer o persona gestante.” (Prácticamente siempre…)

En el artículo 14° incorpora como artículo 85 bis del Código Penal: “Será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por doble tiempo de la condena, la autoridad de un establecimiento de salud, profesional de salud que dilatase  injustificadamente, obstaculizase, o se negare a practicar un aborto en las causas legalmente autorizadas.” Realmente la obligación de aniquilar una vida humana…. Todo esto sin perjuicio de otras normas consecuentes con las citadas. Un absurdo en el campo de los derechos humanos, la ciencia, el orden jurídico de la Constitución Nacional, la convicción religiosa, o el sentido común.

Es bueno destacar también la inoportunidad de tratar el proyecto iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional, mientras  sufrimos grave situación en el campo económico, sanitario, social e institucional.

Igualmente conviene aclarar que, en caso de sancionarse el proyecto de legalización del aborto, abiertamente violatorio de la protección constitucional de la vida desde la concepción, dejara abierta la vía judicial para resguardar tan sagrado derecho.

La muerte de inocentes nunca es solución para nadie

En manera alguna, según lo expusimos,  se  puede “resolver” el problema de una mujer embarazada, cualquiera fuera la causa de ese estado, con la muerte de un ser humano en el seno materno, y menos hacerlo obligatorio.

Debemos bregar todos,- de uno u otro bando -, por defender las dos vidas. Es imperioso establecer normas efectivas de protección a la mujer embarazada. Con apoyo psicológico, médico y económico para proteger su situación y la del niño indefenso que crece en su seno con pleno derecho a seguir viviendo. Al mismo tiempo mejorar y dar la mayor seguridad a regímenes de adopción, que con alto sentido de humanidad, suplan el rechazo de madres a criar los hijos que han gestado, cualquiera fuera la causa de su embarazo. Pero jamás la muerte de un inocente indefenso puede ser la solución.

Asumamos todos, con la mayor calidad humana y espíritu solidario, la tarea de defender las dos vidas.

Será para bien de todos.

(*)

Ricardo G. Leconte                                                                                                  Ricardo G. “Caito” Leconte (h)

Abogado, escritor                                                                                                     Abogado

Exgobernador de la Provincia de Corrientes                                                        Director del Club de la Libertad

Exsenador Nacional

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